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Derecho al Reembolso o a un trasporte alternativo
(Art. 8 Reglamento (CE) No 261/2004)
Según el articulo 8 del reglamento CE 261/2004, los pasajeros pueden elegir entre una de las siguientes alternativas:
En el caso de que una ciudad o región disponga de dos aeropuertos, si el vuelo ofrecido por la compañía es a un aeropuerto distinto de aquel para el que se efectúo la reserva, el transportista debe correr con los gastos del transporte del pasajero desde ese segundo aeropuerto, bien hasta el aeropuerto para el que se efectuó la reserva o bien hasta otro lugar cercano convenido con el pasajero.