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Retraso de vuelo
(Art. 6 Reglamento (CE) No 261/2004)
El retraso de un vuelo se produce cuando éste no sale a la hora programada.
Variables como la duración del retraso, la distancia o el hecho del que el vuelo será intracomunitario marcan los posibles derechos del pasajero.
(Art. 19 del Convenio de Montreal)
El transportista es responsable del daño ocasionado por retrasos en el transporte aéreo de pasajeros, equipaje o carga. Sin embargo, el transportista no será responsable del daño ocasionado por retraso si prueba que él y sus dependientes y agentes adoptaron todas las medidas que eran razonablemente necesarias para evitar el daño o que les fue imposible, a uno y a otros, adoptar dichas medidas.